¿Cómo presento un proyecto?


PRESENTACIÓN DE PROYECTOS DE VOLUNTARIADO

1-      La oficina municipal del voluntariado (OMV, desde ahora) recepcionará iniciativas de proyectos de voluntariado, atreves de su Secretaría.

2-      Pueden presentar proyectos para ser evaluados por el Directorio de la OMV, los/as vecinos/as, las organizaciones sociales, asociaciones civiles,  sociales y comerciales,  el Concejo Municipal y por la propia iniciativa de la OMV.

3-       Los proyectos presentados deben ser por escrito y deben dar cumplimiento claramente a los siguientes puntos:

a)      Identificación de la persona o organización que presenta el proyecto

·         Nombre y Apellido del titular del proyecto o representante de la organización.

·         Dirección de la persona o de la organización.

·         Teléfonos de contacto.

·         Correo electrónico.

b)      Describir brevemente la temática que aborda el proyecto.

c)       Describir los objetivos que se plantea el proyecto.

d)      Especificar la duración temporal del proyecto.

e)      Especificar los recursos necesarios para la realización del proyecto ya sean recursos materiales y recursos humanos (voluntarios/as).

f)       Especificar los perfiles de los/as voluntarios/as necesarios/as  para dar cumplimiento al proyecto, como a su vez las necesidades horarias de trabajo voluntario por cada perfil.

g)      Especificar si se cuenta con disponibilidad, ya sea total o parcial, de los recursos necesarios para la realización del proyecto.

h)      Establecer un sistema de evaluación del proyecto en sus distintas etapas.

i)        Postular a un responsable de proyecto.

4-       Toda persona física o jurídica que presente un proyecto de voluntariado, al momento de presentar el proyecto, recibirá una constancia de recibo emitida por la Secretaría de la OMV, indicando fecha de recibo, titulo del proyecto y  numeración interna de la OMV, adjudicada al expediente.

5-      Una vez recibido el proyecto por la Secretaría de la OMV, será elevado por la misma, al Directorio de la OMV, en dónde se dará trámite a la evaluación del proyecto.

6-      El Directorio de la OMV dispone de 30 días hábiles, con opción a 15 días de prorroga adicionales  para emitir resolución sobre el proyecto presentado, desde la fecha en que se presentó el proyecto ante la Secretaría de la OMV.

7-      El proyecto evaluado por el Directorio de la OMV, puede ser aprobado o rechazado.

8-      En caso que el proyecto sea rechazado, el Directorio de la OMV, remitirá el expediente a la Secretaría de la OMV para archivarlo y para enviar comunicado al titular del proyecto presentado, una devolución por escrito de los motivos que llevaron a rechazar la ejecución del proyecto.

9-      En caso que la resolución del Directorio de la OMV sea favorable, la Dirección General de la OMV, enviará el proyecto aprobado, a la Unidad de Coordinación, para que lo remita  al Concejo municipal y a la Secretaría de la OMV, para que comunique al presentante del proyecto, la resolución favorable del Directorio de la OMV y su envío para la aprobación del Concejo municipal.

10-   El Directorio de la OMV, deberá resolver en caso que su resolución sea afirmativa, el rótulo que portará el proyecto a elevar al Concejo municipal:

·         Expediente elevado por la OMV en carácter normal.

·         Expediente elevado por la OMV en cárter de grave o urgente.

11-   El expediente elevado en carácter de normal, contendrá aquellos proyectos cuya realización no dependerá de una realización inmediata.

12-   El expediente elevado en carácter de grave y urgente, contendrá aquellos proyectos, cuya realización demanda de una realización inmediata y cuya conveniencia de realización, es impostergable al momento concreto en que se suscitan los hechos. Cabe citar por ejemplo: catástrofes, incendios, riesgo de vida, etc.

13-   El Concejo municipal analizará los proyectos elevados por la OMV por la vía que éste indique y emitirá resolución.

14-   El  Concejo municipal  comunicará su resolución por las vías pertinentes, al Director de la Unidad de Coordinación de la OMV.

15-   En caso que la resolución del Concejo municipal sea negativa, el Director de la OMV remitirá el proyecto a la Secretaría de la OMV para ser archivado, y dar cumplimiento al punto 8 de esta reglamentación.

16-   En caso que la resolución del Concejo municipal se positiva, la Dirección General de la OMV, designará a los/as responsables del proyecto, titular y alterno/a y juntos/as instrumentarán los pasos pertinentes para la ejecución del programa.